Asignación por Fallecimiento del Padre o Madre del Trabajador

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Beneficio solo para Socios Con Contrato Colectivo Vigente:

La Compañía pagará a los trabajadores contratados en forma indefinida, según fecha de ingreso corporativa señalada en Anexo N° 1, una ayuda de $309.088.- en caso de fallecimiento del padre o madre del trabajador.

La Compañía pagará a los trabajadores identificados en el Anexo N° 1 con uno o dos asteriscos de este convenio, o a sus herederos las siguientes asignaciones:

  • Asignación fallecimiento del trabajador, por cualquier causa: en este caso la empresa pagará una asignación equivalente a $ 517.277.
  • Asignación fallecimiento padre, madre, hijo, cónyuge, hermano o conviviente del trabajador (esta última que esté acreditada como beneficiaria del seguro de salud complementario) la empresa pagará una asignación equivalente a $289.659.-, en todo caso, la solicitud del beneficio deberá ser solicitada dentro de los 30 días siguientes de ocurrido el evento.